Veron Punta Cana.
El principio de descentralización administrativa en los ayuntamientos aplica para los distritos municipales con respecto a los municipios, siempre y cuando vaya en beneficio del colectivo.
Se hace imperativo destacar que la descentralización no aplica en asuntos de competencia que de manera explícita han sido estatuidos en la ley 176-07.
El espíritu del principio de la descentralización en la normativa dominicana va ligado a permitir que las decisiones sean tomadas por las fuerzas vivas, en su entorno local con soberanía e independencia de otras instituciones, permitiendo celeridad y evitando trámites burocráticos; en adición a todo, eso la descentralización aporta legitimidad a muchas acciones cuyas dimensiones solo son locales o internas, con mucho valor en términos administrativos para procesos locales, pero con importancia diluída a nivel nacional.
Mel Canela Ávila M.A.
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