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Suprema Corte confirma condenas de «El Dotolcito» y «Chiquito» por muerte de Joshua Fernández

La Corte concluyó que el imputado actuó con pleno conocimiento de la ilicitud de su conducta, y que la facilitación del transporte no fue un acto neutral, sino parte del aparato organizativo del delito.

Digital punta cana by Digital punta cana
octubre 21, 2025
in Noticias
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La Segunda Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia ratificó de manera definitiva las condenas impuestas a Wesly Vincent Carmona Corcino, “El Dotolcito”, y a Allyson de Jesús Pérez Mejía, “Chiquito”, por su participación en la muerte del joven Joshua Fernández el 16 de abril de 2023.

En el dispositivo de la sentencia, el tribunal presidido por Francisco Antonio Jerez Mena, confirmó la condena de 30 años de prisión en contra de Allyson de Jesús Pérez Mejía (Chiquito) y 15 años en contra de Wesly Vincent Carmona Corcino.

El tribunal integrado, además, por Nancy Salcedo, Fran Soto, María Garabito y Francisco Antonio Ortega Polanco, ordenó notificar la sentencia a los jueces de la ejecución de la pena de los departamentos judiciales de Santo Domingo y San Cristóbal para los fines de rigor.

El tribunal tomó la decisión al rechazar los recursos de casación interpuestos por la defensa de los imputados, doctores Carlos Balcacer y Waldo Paulino, lo que consolida la sentencia emitida previamente por la Segunda Sala Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional.

La Suprema desestimó los argumentos de la defensa de Carmona Corcino, quien cuestionaba su condena como coautor.

El tribunal de casación consideró que la participación del recurrente, consistente en la coordinación del transporte antes y después del hecho mediante un tercero de su confianza, resultó esencial.

«En el caso, la participación del recurrente… resultó esencial, pues sin ella la ejecución del delito y la huida no habrían tenido la misma efectividad. Consecuentemente, se trató de un acto codecisivo o esencial, en tanto refleja el control de una parte vital de los hechos, por lo que se encuentra justificada su condena como coautor, en virtud del principio de dominio funcional del hecho,» señala el fallo.

La Corte concluyó que el imputado actuó con pleno conocimiento de la ilicitud de su conducta, y que la facilitación del transporte no fue un acto neutral, sino parte del aparato organizativo del delito. Además que rechazó a alegatos de contradicción.

Respecto al alegato de que existía una contradicción en el fallo por la mención de que el taxista Danil Ramírez Santana colaboró con el crimen sin haber sido sometido a la acción de la justicia, la Suprema Corte lo rechazó.

Los jueces determinaron que la mención sobre la colaboración del testigo fue una apreciación fáctica de la declaración incorporada al juicio oral.

Por lo tanto, no se incurrió en doble valoración ni en contradicciones que vulneren los principios de inmediación y contradicción.

Al rechazar los recursos de casación, la Segunda Sala concluyó que no se advierte vulneración al principio de legalidad ni error en la subsunción normativa.

Cabe recordar que la Segunda Sala Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional confirmó las condenas de 15 y 30 años de prisión dictadas en contra ambos por el Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional, el pasado 24 de abril de 2024.

En este caso también fue confirmada la condena de 20 años de prisión en contra de Luis Brito Troncoso (Luisito).

Por el crimen, el Ministerio Público solicitaba una condena de 30 años de prisión para El Dotolcito, mientras que para Chiquito y Brito Troncoso pidió que fueran sentenciados a 40 años de prisión.

El joven Joshua Fernández fue víctima de un atraco perpetrado contra terceros en las afueras de la discoteca Kiss Bar del ensanche Naco el 16 de abril de 2023.

En este hecho, que consternó a la sociedad dominicana, «Chiquito» resultó ser la persona que jaló el gatillo, mientras que los demás señalados fueron acusados de ser partícipes directos o de haber facilitado el arma para el atraco que resultó en la muerte.

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